Un tribunal colegiado concedió la protección de la justicia federal a uno de los abogados y al apoderado legal de Genaro García Luna, ex secretario de Seguridad Pública durante el sexenio de Felipe Calderón, con el objetivo de evitar que el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (Indep) pueda rematar, transferir o subastar diversos bienes del ex funcionario. García Luna actualmente cumple una sentencia de 38 años y ocho meses de prisión en Estados Unidos por sus presuntos vínculos con el cártel de Sinaloa.
El fallo judicial obliga a la Fiscalía General de la República (FGR) a justificar de manera congruente, fundada y motivada la declaratoria de abandono de dos cuentas bancarias y tres inmuebles que fueron asegurados en 2020. Los quejosos, en su demanda, reclamaron acceso a copias de la carpeta de investigación FED/SEIDF/UEIDFF-CDMX/002149/2019, argumentando que la fiscalía actuó de forma incongruente al determinar el abandono de los bienes a favor de las autoridades mexicanas.
Los inmuebles involucrados en este proceso legal son:
- Una propiedad ubicada en Monte Funiar 21, Jardines en la Montaña, en la Ciudad de México.
- El restaurante denominado Fonda de Santa María, situado en Paseo de los Cedros 1, colonia Paseos del Sur, en la alcaldía Xochimilco.
- Un inmueble localizado en Amate sin número, lotes 12 y 13 de la manzana 22, en el fraccionamiento Pedregal de las Fuentes, en Jiutepec, Morelos.
El procedimiento para declarar el abandono de un bien inicia cuando el Ministerio Público Federal (MPF) incauta una propiedad vinculada a un ilícito y publica un edicto para que los dueños reclamen sus derechos. Si tras 90 días no hay respuesta, el bien pasa a favor del gobierno federal. Aunque el MPF rechazó previamente la solicitud de García Luna para evitar esta declaratoria —argumentando que ya había defendido sus derechos en otros juicios de amparo relacionados con la investigación por enriquecimiento ilícito—, los impartidores de justicia determinaron que la FGR no justificó su postura. Según el tribunal, haber promovido recursos anteriores no invalida el derecho del investigado a oponerse formalmente al abandono de sus bienes dentro del procedimiento penal.


