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Suprema Corte analizará negativa de pasaporte a persona trans por doble acta de nacimiento

La Suprema Corte de Justicia de la Nación revisará por primera vez si la Secretaría de Relaciones Exteriores puede condicionar la expedición de un pasaporte a la cancelación de un acta de nacimiento primigenia en casos de reasignación sexo-genérica.

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Por Redacción

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Suprema Corte analizará negativa de pasaporte a persona trans por doble acta de nacimiento
Suprema Corte analizará negativa de pasaporte a persona trans por doble acta de nacimiento Foto: La Jornada

Lo Esencial • Puntos Clave

  • La SCJN atraerá el amparo en revisión 87/2026 para analizar la negativa de pasaporte a una persona trans.
  • El conflicto surge porque la SRE exige la cancelación del acta de nacimiento original, mientras que existe una sentencia previa que ordenó su reserva.
  • La votación del pleno fue de ocho votos a favor y uno en contra de la ministra María Estela Ríos González.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha determinado atraer el amparo en revisión 87/2026, un caso inédito que busca definir si la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) tiene facultades para negar la emisión de un pasaporte a una persona trans que posee dos actas de nacimiento derivadas de un proceso de reasignación sexo-genérica. El pleno del máximo tribunal aprobó la atracción del caso con ocho votos a favor y uno en contra, emitido por la ministra María Estela Ríos González, tras una solicitud presentada por el primer tribunal colegiado de circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región. El litigio fue promovido por una persona identificada como Dylan, a quien la cancillería le negó el documento de identidad bajo el argumento de que mantiene activas tanto su acta original como la expedida conforme a su identidad de género. Ante esta situación, la Corte deberá resolver la siguiente interrogante jurídica: “¿Es válida la exigencia de cancelar el acta de nacimiento primigenia de una persona trans, como condición para expedirle el pasaporte, pese a la existencia de una sentencia firme que ordenó la reserva de dicha acta y no su cancelación?”. Hasta la fecha, el máximo tribunal no ha establecido un precedente sobre este supuesto específico, por lo que la resolución marcará un hito en la interpretación de los derechos de identidad de las personas trans en México.

Aviso de cobertura: Edición, verificación y contextualización elaborada por la Mesa de Redacción de Inferencia a partir de despachos informativos de La Jornada.

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