CIUDAD DE MÉXICO — En una resolución sin precedentes, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a las autoridades del Estado de México ejecutar acciones inmediatas para mitigar la crisis de hacinamiento en el penal Neza-Bordo. El fallo, aprobado por unanimidad, establece un plazo de seis meses para que el gobierno estatal presente un plan multidisciplinario e interinstitucional que atienda la sobrepoblación del centro penitenciario.
El proyecto, presentado por el ministro Giovanni Figueroa Mejía, otorgó el amparo a la secretaría técnica de combate a la tortura, tratos crueles e inhumanos del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), reconociendo su interés legítimo para impugnar las condiciones carcelarias. Durante la sesión del 24 de septiembre de 2026, el ministro ponente subrayó que "el hacinamiento se equipara con tratos crueles, inhumanos y degradantes".
Las cifras expuestas revelan una situación crítica: el penal fue diseñado para albergar a mil 836 internos, pero para noviembre de 2025 la población alcanzó los 5 mil 823 reclusos. Este incremento representa casi el triple de su capacidad original, agravando la problemática detectada desde 2021, cuando el IFDP promovió el amparo inicial.
La ministra Yasmín Esquivel enfatizó que el Estado tiene la obligación de garantizar la dignidad humana de los internos, más allá de su situación jurídica. Por su parte, el ministro Irving Espinosa Betanzo propuso que las autoridades utilicen las facultades de la Ley Nacional de Ejecución Penal para evaluar mecanismos como la libertad condicional o anticipada, aclarando que esto no implica una liberación indiscriminada, sino el ejercicio de las atribuciones legales vigentes.
Aunque la ministra Lenia Batres votó a favor, expresó reservas sobre el reconocimiento del interés legítimo del IFDP para representar a los internos sin su consentimiento previo.
El fallo del amparo en revisión 310/2025 responsabiliza directamente a la gobernadora Delfina Gómez, a la Secretaría de Seguridad estatal, a la Subsecretaría de Control Penitenciario y a la dirección del penal. Las autoridades deberán rendir informes trimestrales a la SCJN y al juzgado de distrito correspondiente para supervisar el cumplimiento de las medidas ordenadas.


