Última Hora
Sábado, 26 de septiembre de 2026

Inferencia

Diario Nacional de Investigación • Cobertura Territorial

Nacional Nacional

La SCJN definirá si los recursos de Afore de trabajadores fallecidos estarán exentos de ISR

El ministro Giovanni Figueroa Mejía presentará ante el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación una propuesta para exentar del pago de ISR los recursos de Afore entregados a beneficiarios tras el fallecimiento de un trabajador.

R

Por Redacción

Mesa de Edición • Inferencia

• 2 min de lectura
Tipo:
Tamaño:
Escuchar esta noticia Audio

Edición en audio

La SCJN definirá si los recursos de Afore de trabajadores fallecidos estarán exentos de ISR
La SCJN definirá si los recursos de Afore de trabajadores fallecidos estarán exentos de ISR Foto: La Jornada

Lo Esencial • Puntos Clave

  • El ministro Giovanni Figueroa Mejía propondrá a la SCJN exentar de ISR los recursos de Afore de trabajadores fallecidos.
  • La propuesta busca resolver la contradicción entre dos tribunales colegiados sobre si estos fondos deben considerarse legados o ingresos gravables.
  • El debate previo en julio mostró una división en la Corte, con la ministra Lenia Batres abogando por gravar estos recursos al igual que las herencias.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se prepara para establecer un criterio obligatorio que determine si los fondos de las Afore, entregados a los beneficiarios tras la muerte de un trabajador, deben estar exentos del impuesto sobre la renta (ISR). El ministro Giovanni Figueroa Mejía será el encargado de presentar la propuesta, la cual busca impedir que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) retenga dicho gravamen.

El debate surge para resolver una contradicción de tesis entre dos instancias judiciales: el segundo tribunal colegiado en materia administrativa del séptimo circuito, que argumenta que estos recursos deben pagar impuestos al no constituir un legado, y el tercer tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito, que sostiene que están exentos al equipararlos con una herencia, dado que derivan de salarios devengados y no cobrados en vida por el trabajador.

La postura del ministro ponente se alinea con la idea de que los beneficiarios se encuentran en una situación equivalente a la de un legatario. Este tema ya fue objeto de discusión en julio pasado, cuando el pleno rechazó un proyecto presentado por la ministra Sara Irene Herrerías, el cual planteaba que dichos recursos sí debían estar sujetos al pago de ISR.

En aquella sesión, el proyecto de Herrerías solo obtuvo tres votos a favor: el de la propia ponente, el de María Estela Ríos González y el de Lenia Batres Guadarrama. En su intervención, Batres defendió la postura de gravar estos ingresos, argumentando que los retiros superiores a 15 salarios mínimos deberían tributar, al igual que las herencias y legados.

“Considero que lo injusto es precisamente que no se graven las herencias y los legados. Tanto en este caso, como en el de la herencia y el legado, una persona recibe un recurso que no provino de su esfuerzo y que, en estricto sentido, reproduce desigualdades sociales”, declaró Batres durante el debate de julio. Cabe recordar que esta postura generó un posicionamiento en contra por parte de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo.

Aviso de cobertura: Edición, verificación y contextualización elaborada por la Mesa de Redacción de Inferencia a partir de despachos informativos de La Jornada.

I

Mesa de Redacción de Inferencia

Cobertura elaborada bajo lineamientos de rigor periodístico e imparcialidad editorial. Consulta de datos y fuentes en tiempo real.

Historias Relacionadas