Última Hora
Domingo, 27 de septiembre de 2026

Inferencia

Diario Nacional de Investigación • Cobertura Territorial

Economía Nacional

Guía completa: Requisitos y condiciones para tramitar la pensión por invalidez del IMSS

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ofrece una pensión por invalidez para trabajadores que, debido a enfermedades o accidentes no laborales, pierden la capacidad de procurarse una remuneración superior al 50% de su salario habitual.

R

Por Con información de Expansión

Mesa de Edición • Inferencia

• 2 min de lectura
Tipo:
Tamaño:
Escuchar esta noticia Audio

Edición en audio

Guía completa: Requisitos y condiciones para tramitar la pensión por invalidez del IMSS
Guía completa: Requisitos y condiciones para tramitar la pensión por invalidez del IMSS Foto: Expansión

Lo Esencial • Puntos Clave

  • La pensión por invalidez aplica exclusivamente para enfermedades o accidentes no relacionados con el entorno laboral.
  • Los requisitos de semanas cotizadas dependen del régimen: 150 semanas para Ley 73 y 250 semanas para Ley 97 (reducibles a 150 si la invalidez es del 75% o más).
  • El monto base es del 35% del promedio salarial de las últimas 500 semanas, con posibilidad de incrementos por asignaciones familiares y ayuda asistencial.

La pensión por invalidez del IMSS está diseñada para proteger a los asegurados que enfrentan una imposibilidad física o mental para continuar con su vida laboral, siempre que el origen de dicha afectación sea ajeno a su actividad profesional. Este beneficio puede ser temporal, con periodos renovables si existe la posibilidad de recuperación, o permanente si la condición persiste tras finalizar el periodo de disfrute.

Requisitos según el régimen de cotización

Para acceder a este derecho, es indispensable contar con un dictamen médico emitido por los servicios de salud del IMSS que acredite la discapacidad. Los requisitos varían según la ley bajo la cual se encuentre el trabajador:

  • Ley 73: Se requiere un mínimo de 150 semanas cotizadas, además de mantener la vigencia de derechos o estar en el periodo de conservación de los mismos.
  • Ley 97: Se exige un mínimo de 250 semanas cotizadas. No obstante, si el dictamen médico certifica una invalidez del 75% o superior, el requisito se reduce a 150 semanas. En este régimen, es obligatorio contar con la validez de derechos activa.

Documentación necesaria

Los interesados deben presentar ante el instituto la siguiente documentación:

  • Identificación oficial vigente con fotografía y firma.
  • Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a 90 días.
  • Estado de cuenta bancario que incluya la CLABE interbancaria (nivel cuatro, sin límite de depósito) a nombre del titular.
  • Dictamen de invalidez ST-4.
  • Acta de nacimiento o adopción.
  • CURP y Número de Seguridad Social (NSS).
  • Correo electrónico personal.

Montos y beneficios adicionales

La cuantía básica de la pensión equivale al 35% del promedio de los salarios correspondientes a las últimas 500 semanas cotizadas. Adicionalmente, el beneficiario puede acceder a asignaciones familiares que oscilan entre el 15% y el 20% por concepto de esposa, concubina o hijos. Asimismo, existe una ayuda asistencial de entre el 15% y el 20% adicional, destinada a quienes requieren apoyo permanente de terceros para realizar sus actividades cotidianas.

Aviso de cobertura: Edición, verificación y contextualización elaborada por la Mesa de Redacción de Inferencia a partir de despachos informativos de Expansión.

I

Mesa de Redacción de Inferencia

Cobertura elaborada bajo lineamientos de rigor periodístico e imparcialidad editorial. Consulta de datos y fuentes en tiempo real.

Historias Relacionadas